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enero - junio 2021
“Fue hasta el año 2007 que se creó la primera ley
especial, seguida de una segunda ley general, la de
2012”, mencionó.
Sobre la ley de 2012, Olvera López dijo que hay
una asignatura pendiente con la penalidad, ya que
la trata de personas es un delito que no suele
presentarse de manera aislada, sino acompañada
de otras conductas como secuestro, lesiones,
violación y delincuencia organizada.
“La penalidad para el delito de trata de personas
suele ser alta, pues entre las múltiples formas de
cometerlo, la pena general ronda el promedio de los
15 años de prisión, en esto quiero ser muy enfático,
porque, aunque comparado con otros delitos
también muy graves, la pena pareciera de menor
entidad, lo cierto es que no debe perderse de vista
Ríos Farjat señaló que la trata de personas suele
presentarse con otros delitos, por lo que queda que estas penas corresponden sólo por este delito
“soterrada, como invisible por cantidad de tiempo, (trata de personas), pero deben estar acompañadas
diría yo décadas, se le llamaba trata de blancas, ni si por las penas de las demás conductas con las que
quiera era así de invisible para todo un segmento de suele estar acompañado: secuestro, lesiones,
la sociedad, lo cual también nos debe decir mucho violación y delincuencia organizada”, aseveró. La
sobre la capacidad de observar y de tener activista Volga de Pina Ravest, aseveró que uno de
los retos en esta materia es la calificación jurídica, lo
sensibilidad, no es que ahora podamos ver lo que
antes no veíamos”. que ha implicado fragmentación de investigaciones
y aplicación inadecuada en las técnicas de
Indicó que dicho delito es un flagelo que no está búsqueda de personas.
definido de mucho tiempo atrás en contravención a
“Además de una ida y vuelta de carpetas de
otras conductas sociales. “Nos encontramos que, si
bien sucedía, creo que ha sucedido en términos investigación entre fiscalías especializadas. Son
históricos, desde que la humanidad existe, el abuso tipos penales complejos, igual que los tipos penales
de una persona sobre otra, ya la clasificación como que están previstos en la ley en materia de
trata va tomando forma con la Convención de desaparición y los que están previstos en la ley
Palermo”. general en materia de secuestro”, expuso.
En su intervención, el magistrado, Juan José
Olvera López, recordó que el delito de trata de —-000—-
personas se incorporó al Código Penal Federal en la
década de 1980 sin mucho desarrollo en la vida real.
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