Page 12 - BOLETIN_ENE-JUN-2021
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Boletín Semestral





                             DICE                                                 DEBE DECIR

      Artículo   114.   Los   medios   de   impugnación   de   los   Artículo  114.  …
      procedimientos  de  responsabilidad  administrativa  estarán
      previstos  en  los  acuerdos  generales  que  al efecto  emitan  la
      Suprema Corte de Justicia, el Consejo de la Judicatura Federal y
      la Comisión de  Administración del Tribunal Electoral.
                                                             Tratándose  del  Consejo  de  la  Judicatura  Federal  y  de  los
                                                             órganos  a  su  cargo,  dichos  acuerdos  generales  deberán
                                                             seguir los siguientes lineamientos:
                                                             I.  La  admisión  y desechamiento  de  quejas  por parte  de  la
                                                             Presidencia   del   Consejo,   así   como   los   dictámenes
                                                             conclusivos  y  la  inactividad  procesal  superior  a  seis  meses
                                                             por  parte  de  la  Unidad  General  de  Responsabilidades
                                                             Administrativas   de   los   Servidores   Públicos   serán
                                                             impugnables mediante recurso de inconformidad.
                                                             II.  Las decisiones disciplinarias serán impugnables mediante
                                                             recurso de reconsideración, salvo aquéllas en las que el Pleno
                                                             del  Consejo  de  la Judicatura  Federal  imponga sanciones
                                                             administrativas   consistentes   en   la   destitución   e
                                                             inhabilitación a magistradas, magistrados, juezas y jueces, en
                                                             contra  de  las  cuales  sólo  procederá  el  recurso  de  revisión
                                                             administrativa ante el Pleno de la Suprema Corte de Justicia
                                                             de la Nación.

      Las  resoluciones  por  las  que  el  pleno  del  Consejo  de  la   Se elimina
      Judicatura   Federal   imponga  sanciones   administrativas
      consistentes  en  la  destitución  e inhabilitación  a  magistradas,
      magistrados,  juezas  y  jueces  podrán ser impugnadas por la o el
      servidor público ante el pleno de la Suprema Corte de Justicia
      de la Nación mediante el recurso de revisión administrativa.
      Artículo  116.  Las  facultades  de  los  órganos  competentes  para   Artículo 116. …
      imponer  sanciones  por  causas  de  responsabilidad  no  graves
      prescribirán en tres años, contados a partir del día siguiente al
      que se hubieren cometido las faltas, o a partir del momento en
      que hubieren cesado.
      El plazo de prescripción de faltas graves de las y los servidores   …
      públicos o de faltas de particulares, será de siete años, contados
      en los mismos términos señalados en el párrafo anterior.

      La prescripción se interrumpirá con la notificación del inicio del   La prescripción se suspenderá con la notificación del inicio del
      procedimiento de responsabilidad administrativa.       procedimiento de responsabilidad administrativa.
      Si se dejare de actuar en los procedimientos de responsabilidad   …
      administrativa  y,  como  consecuencia  de  ello,  se  produjera  la
      caducidad de la instancia, la prescripción se reanudará desde el
      día en que se ordenó su inicio.
      En  ningún  caso,  en  los  procedimientos  de  responsabilidad   …
      administrativa podrá dejar de actuarse por más de seis meses
      sin causa justificada; en caso de actualizarse dicha inactividad,
      se decretará, a solicitud del presunto responsable, la caducidad
      de la instancia.
      Para efectos de lo previsto en el párrafo anterior, se considera   …
      causa  justificada  el  hecho  de  que  la  o  el  servidor  público  se
      encuentre  de  vacaciones  o  gozando  de  una  licencia  para
      efectos  del  emplazamiento,  por  lo  que  no  procederá  la
      caducidad de la instancia.
      Los  plazos a  los  que  se  refiere  este artículo se computarán  en   …
      días naturales.



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